ESTRUCTURA DEL POAT
El plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT) de los institutos de
Educación Secundaria dependientes de la Conserjería de Educación, se encuentra
regulado por la Orden del 27 de Julio de 2006. Se trata de un elemento
pedagógico-didáctico, que organiza a medio y largo plazo el conjunto de
actuaciones del equipo docente de un centro educativo, en relación con los
objetivos de la orientación y la acción tutorial, que se establezcan para la
consecución de las finalidades educativas de dicho centro. Éste será realizado
por el Departamento de Orientación, con la colaboración de los tutores/as y el
Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica
El POAT se articula
en los siguientes elementos:
- La acción tutorial
- La orientación académica y profesional
- La atención a la diversidad
1. LA ACCIÓN TUTORIAL
Definición
Conjunto
de intervenciones que se desarrollan con el alumnado, con las familias y con el
equipo educativo de cada grupo para favorecer y mejorar la convivencia en el
grupo, realizar el seguimiento personalizado de su proceso de aprendizaje,
previniendo el fracaso escolar y facilitar la toma de decisiones en cuanto a su
futuro académico y profesional.
Organización de la acción tutorial
La
organización de la acción tutorial tendrá su concreción en el Plan Anual de
Centros y deberá incluir:
a)
Objetivos generales de la acción tutorial y los específicos,
b)
Criterios de selección para las intervenciones a realizar en los grupos,
c)
Criterios generales de las intervenciones,
d)
Descripción de los procedimientos a recoger y organizar en los datos académicos
y personales de cada alumno/a,
e)
Procedimientos de comunicación con las familias,
f)
Organización con el profesorado,
g)
Coordinación entre todos los miembros del Equipo Educativo,
h)
Distribución de responsabilidades de los distintos miembros del equipo
i) Procedimientos para el seguimiento y la
evaluación.
Otros apartados;
a1)Tutoría y designación de Tutoras y Tutores.
1. La tutoría y la orientación son parte esencial de la función docente. La
función tutorial y orientadora del alumnado se desarrollará a lo largo de todas
las etapas y enseñanzas.
2. La designación del profesorado que ostentará la tutoría se realizará
conforme a los siguientes criterios:
a) Se designará preferentemente al
profesor o profesora que tenga mayor horario semanal con el grupo y, en el caso
del primer y segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria,
preferentemente a los maestros y maestras que impartan docencia en dichos
grupos y, de no ser posible, al profesorado con mayor expectativa de
estabilidad.
b) Se procurará que la tutoría recaiga
preferentemente en el profesorado que imparta un área, materia o módulo común a
todo el grupo.
c) No podrá ostentar la tutoría de un
grupo el profesorado que no le imparta docencia.
a2) La acción tutorial en el Plan Anual de
Centro.
La atención a la diversidad en el Plan
Anual de Centro. Tendrá su concreción en el Plan Anual de Centro, dentro del
apartado correspondiente a la programación de las actividades de orientación y
acción tutorial.
a3) Aspectos específicos de la organización de
la acción tutorial en Educación Secundaria Obligatoria.
El profesorado que ostente las tutorías
de grupos de Educación Secundaria Obligatoria dedicarán cuatro de las horas de
su horario regular o fijo, de las que dos de ellas serán de horario lectivo, a
las tareas relacionadas con sus respectivas tutorías.
a4) Aspectos específicos de la acción
tutorial en las enseñanzas post-obligatorias.
El titular de la tutoría de los grupos
de enseñanzas post-obligatorias, bachillerato, ciclos formativos y programas de
cualificación profesional o similares, dedicarán tres horas a las tareas
relacionadas con sus respectivas tutorías
a5) Coordinación de los tutores y tutoras.
Cada curso escolar, la persona titular
de la Jefatura de Estudios reservará, en los horarios personales respectivos, y
dentro del horario regular o fijo, una hora para reuniones de coordinación
entre el Orientador u Orientadora y, en su caso, otros miembros del
Departamento de Orientación, y el profesorado que tenga asignada la tutoría de
los distintos grupos. El contenido de las reuniones, que se reflejará en la
programación anual del Plan de Orientación y Acción Tutorial.
a6) Coordinación del Equipo Educativo.
Cada curso escolar, la persona titular
de la Jefatura de Estudios incluirá en el Plan Anual de Centro la planificación
de las reuniones de todos y cada uno de los equipos educativos. Estas reuniones
tendrán, al menos, una periodicidad mensual y se dedicarán a la coordinación y
a las sesiones de evaluación.
a7) Colaboración con las familias.
Informar en la citada reunión a
los representantes legales del alumnado de las normas de convivencia y de funcionamiento
del centro y se arbitrarán medidas de colaboración para el cumplimiento de las
mismas.
a8) Cumplimentación de documentos.
Cada titular de la Tutoría incluirá en
el expediente de cada uno de sus alumnos y alumnas, los datos psicopedagógicos
obtenidos durante el curso, ya sea en el depositado en la Secretaría del Centro
o, en su caso, en la aplicación informática que para este fin establezca la
Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.
a9) Evaluación anual de la acción tutorial.
Se incluirá dentro de la Memoria Final
de curso, incluyendo a valoración del profesorado que haya ejercido la tutoría
sobre el grado de cumplimiento e idoneidad de las actuaciones programadas para
la acción tutorial con sus respectivos grupos, La valoración de los distintos
miembros del Departamento de Orientación y La valoración de la Jefatura de
Estudios.
2. LA ORIENTACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL
Definición
La orientación académica y profesional
constituye el conjunto de actuaciones realizadas con todo el alumnado del
Centro tendentes a:
a) Favorecer el autoconocimiento de los
alumnos y alumnas para que conozcan y valoren sus propias capacidades,
motivaciones e intereses de una forma ajustada y realista.
b) Facilitar las estrategias para la
toma de decisiones de los alumnos y de las alumnas respecto a su futuro
profesional y a la elección de un itinerario académico ajustado a sus
intereses, actitudes y capacidades.
c) Ofrecer información sobre las
distintas opciones formativas al término de la E.S.O. y de todas las otras
enseñanzas que se impartan en el Centro al alumnado y a las familias.
d) Establecer los mecanismos para que el
alumnado acceda al conocimiento del mundo del trabajo, las ocupaciones y los
procesos que favorecen la transición a la vida activa, la inserción laboral y
la formación a lo largo de la vida.
Otros apartados;
b1) Organización de la
orientación académica y profesional
- Objetivos
de la orientación académica y profesional para todas las etapas de la enseñanza
que se den en un centro.
- Criterios
por los que se rige los distintos programas de orientación profesional que se
imparten en el centro,
- Actuaciones
que se desarrollan con los alumnos/as y familiar para la consecución de los
objetivos,
- Procedimientos
de coordinación entre todos los profesionales
- Procedimientos
para realizar el seguimiento y evaluación de las actividades de orientación
académica y profesional.
b2) La orientación académica y profesional en el Plan Anual de
Centro
Su
elaboración será responsabilidad compartida entre la Jefatura de Estudios, el
Departamento de Orientación y el profesorado que ejerce la tutoría. Se
desarrollará por programas (diagnóstico de necesidades, objetivos concretos y
actividades a desarrollar establecidas por niveles).
b3) Evaluación anual de la orientación académica y profesional
Se
incluirá en la Memoria Final de curso, donde se tendrá en cuenta;
- el
desarrollo de las actuaciones programas por las personas que ejercen las
tutorías,
- las
incorporadas por el profesorado en la programación didáctica,
- las
del Orientador/a relacionadas con la orientación académica y profesional,
- las
llevada a cabo por agentes externos
. las
del profesorado de la especialidad de Formación y Orientación Laboral.
3. LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
La atención a la diversidad desde el Departamento de Orientación.
El POAT deberá recoger aquellos aspectos
de la Atención a la Diversidad relacionados directamente con el Departamento de
Orientación
-
Objetivos generales para la atención a la diversidad,
-
Criterios para la atención al alumnado,
-
Procedimientos de coordinación y asesoramiento al profesorado,
-
Actuaciones del Departamento de Orientación,
-
Planificación de los apoyos,
-
Estrategias de colaboración con las familias del alumnado,
-
Organización y utilización de los recursos personales del departamento
-
Los procedimientos para el seguimiento y la evaluación
Otros apartados;
c1) Concreción de las actuaciones del Departamento de
Orientación en relación con las medidas de atención a la diversidad.
Proyecto Curricular, adaptaciones
curriculares, programa de diversificación curricular, planes de compensación
educativa, dictámenes de escolarización, programas de garantía social y medidas
de apoyo y refuerzo.
c2) La
atención a la diversidad en el Plan Anual de Centro.
Tendrá su concreción en el Plan
Anual de Centro, dentro del apartado correspondiente a la programación de las
actividades de orientación y acción tutorial. Se concretará el alumnado al que
se dirige, los profesores/as implicados y los miembros del Departamento de
Orientación que participan en el desarrollo de las actuaciones.
c3) Evaluación
anual de la atención a la diversidad del Departamento de Orientación.
Se incluirá en la Memoria Final de
curso, además de la valoración sobre el desarrollo de las actuaciones programas
por el Departamento de Orientación en relación con la atención a la diversidad.
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